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INFORMACIÓNSup. const: 1 m2;Sup. parcela: 675 m2; Nº planta: 0 | DISTRIBUCIÓN | CALIDADESVistas mar ✓ |
CARACTERÍSTICASObservaciones: Solar urbano en Sector 19 Playa de Oliva/Platja de Oliva, 675 m. superficie parcela, 54 metros de fachada total, esquina a avinguda llaurador y a peatonal. 19,5 metros lineales a peatonal calle Tremol y 34,5 metros a avinguda llaurador. La parcela con referencia catastral 0840704YJ5104S está clasificada / calificada como Suelo Urbano Residencial Tercera Línea Sector 19 ?Playa Norte?. Tiene la condición jurídica de solar, según el artículo 186 ?condición jurídica de solar, adquisición y pérdida? del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana. Según el Plan Parcial del sector 19, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 30 Mayo 2002 (BOP 03/08/2002), estos son los parámetros urbanísticos aplicables: Tipo de ordenación Será el de edificación aislada, con obligación de retiro mínimo a lindes y frentes de parcela. Condiciones de la edificación La parcela mínima edificable tiene una superficie de 600 m2. Longitud mínima de frente de parcela es de 16 m. La longitud máxima de los frentes de edificio paralelos al mar será de 22 ?50 metros, con el objeto de evitar pantallas continuas; estableciéndose, en su caso, una separación mínima entre bloques de 6 metros. El número máximo de plantas es de 6 plantas, correspondientes a veinte metros treinta centímetros de altura de cornisa (20,30 m). El índice de edificabilidad neta sobre parcela es de 1,1467 m2techo /m2suelo, como máximo. Ocupación máxima de la parcela: 50% Las piscinas y aquellos elementos construidos con cota inferior a 80 cm respecto de la rasante de la acera, no contabilizarán a efectos de la ocupación máxima de parcela. Separación mínima a lindes y a frente de parcela: Viales paralelos al mar y a lindes de parcela: 5 ?00 metros. Viales peatonales: la edificación puede adosarse al propio frente de parcela que a ellos recaiga. Viales perpendiculares al mar: 7 ?00 metros la masa edificatoria y 5 ?00 metros los vuelos. Condiciones de uso Usos permitidos: vivienda (todas las tipologías), los usos complementarios o vinculados a la vivienda, aparcamiento, piscina, deportivo, comercial, recreativo, bar, cafetería, restaurante, hotelero. Usos prohibidos: Los restantes. Número máximo de viviendas: Se limita el número de viviendas al número entero que resulte de dividir la edificabilidad máxima permitida en metros cuadrados por 80 m2. Reserva de aparcamientos en parcela: Por cada vivienda, 1 plaza por unidad residencial si en la parcela se construyen menos de 10 unidades. Si se construyen más unidades, se reservará una plaza más, adicional, por cada 10 unidades residenciales completas que se edifiquen en la parcela. Para otros usos compatibles se estará a lo dispuesto en el PGOU de Oliva. Cerramientos de parcela: La altura máxima será de 2'50 m , permitiéndose como máximo una tercera parte de la altura opaco y el resto calado. No computará a efectos de edificabilidad la superficie ocupada por la planta semisótano, entendida como aquella cuyo techo se sitúe a una cota igual o inferior a 2,25 mts. sobre la rasante de la acera. No computará a efectos de edificabilidad la proyección horizontal de los aleros. Se considerará alero, al elemento constructivo de cubrición que sobresalga máximo 50 cm. del volumen o cuerpo. Es de aplicación el artículo 76 ?Edificaciones auxiliares? del PGOU. El precio no incluye lo siguiente: honorarios de la agencia inmobiliaria, impuestos (IVA, ITP) y otros gastos de la Compraventa (notaria, gestoría y registro). |
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