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REF: TERRA2-326 | Casas o chalets en SANT ANTONI | Vilafames (Castellón)

Venta 155.000 €

INFORMACIÓN

Estado: A reformar
Año construcción: 1937
Sup. útil: 180 m2;
Sup. const: 216 m2;

DISTRIBUCIÓN

Dormitorios: 3
Baños: 2
Terraza: 1

CARACTERÍSTICAS

Observaciones: Remax Terra ofrece en Exclusiva esta casa adosada con encanto en uno de los pueblos más bonitos de España Descubre esta preciosa vivienda en Vilafamés, un pueblo con historia, cultura y tranquilidad en el interior de Castellón. Características principales: 4 plantas llenas de carácter 3 habitaciones amplias 2 baños completos + 1 aseo Cocina independiente Calefacción en toda la casa (caldera instalada) Lo mejor: impresionantes vistas al emblemático Castillo de Vilafamés, un entorno único cargado de historia y encanto. Ideal para: ? Escapadas de fin de semana ? Vivienda tranquila lejos del ruido ? Alquiler rural ? Inversión con gran potencial o para vivir todo el año. Si buscas paz, belleza y autenticidad en un entorno incomparable? esta casa es para ti. Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, se hace constar que el precio indicado NO incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace: www.atv.gva.es/es/itpajd. *Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. *Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado. *Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos en que se hubieran contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra y en ningún caso estarán vinculados al precio.
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